Es un documento mediante el cual la Secretaria de Salud y de Turismo dan a conocer las medidas sanitarias que esta clase de establecimientos deben aplicar en sus instalaciones. También especifica los procedimientos de desinfección y mantenimiento que es necesario llevar a cabo para garantizar su higiene y seguridad. Alguno de los rubros y recomendaciones del texto incluye lo siguiente.
Desinfección de habitación de caso sospechoso o confirmado
Desinfección con solución clorada
Desinfección rutinaria
Con el fin de preservar la utilidad de las instalaciones hoteleras y restaurantes de tal forma que puedan reintegrarse a la actividad económica una vez que sea superada la crisis de salud por COVID-19, es importante realizar las siguientes acciones (por un plazo máximo de quince días por cada mes que dure la máxima alerta) indispensables para la conservación de hoteles:
– Fumigación, limpieza, riego y mantenimiento.
– Intervención de obras civiles y de construcción las cuales por su avance de obra o por sus características presenten riesgo de estabilidad técnica de colapso o requieran acciones de reforzamiento estructural.
Para cumplir con lo establecido por la Secretaría de Salud, deberán llevarse a cabo las actividades antes descritas además de:
– Conformar una brigada que permanezca dentro de las instalaciones de los hoteles y restaurantes de forma permanente durante quince días por mes, sin salir en ningún momento, habiéndose hecho las pruebas correspondientes.
– Las actividades sólo se podrán realizar si son imprescindibles y siempre y cuando se sigan todos los lineamientos de distancia, sanidad, portación obligatoria de cubre boca y se utilice como máximo promedio un obrero o trabajador por cada 200 metros cuadrados de superficie a conservar, estabilizar o reforzar.