Un Tribunal Colegiado ordenó a un juez de Distrito admitir y dar trámite a la demanda de amparo que presentó Pío López Obrador, hermano del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), en enero de 2023 en contra de la “dilación” de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales (Fisel), es decir, del retraso en el proceso que enfrenta.
Fue el pasado mes de marzo que un Tribunal Colegiado determinó fundada la reclamación del hermano del mandatario mexicano, por lo que ordenó revocar la resolución impugnada que había dado el juez Décimo Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal de la Ciudad de México.
“Ese planteamiento es fundado porque, en este momento, no es posible que el acto reclamado no le cause perjuicio al quejoso, como lo estimó la autoridad recurrida y, en esa medida, no existe motivo manifiesto e indudable de improcedencia que se invocó”, determinó la autoridad.
Conviene recordar que a inicios de año Pío López promovió una queja ante un Tribunal Colegiado, luego de que las autoridades desecharon y declararon improcedente el amparo que se presentó el pasado 22 de diciembre en contra de Héctor Sánchez Zaldívar, integrante del Ministerio Público, por retrasar los actos de investigación que se persiguen en su contra desde 2020.
De acuerdo a lo que se conoció en el momento, el amparo que presentó López Obrador fue desechado al considerar que se encontraba actualizada la causal de improcedencia, ya que el acto no le ocasionaba agravio, debido a que se había determinado no ejercer acción penal en su contra y se dio por terminada la indagatoria.
Sin embargo, el hermano del titular del Ejecutivo Federal sostuvo que la determinación que emitió Sánchez Zaldívar sí le causó perjuicio debido a que, aunque se acumularon las carpetas de investigación, se trata de investigaciones diferentes, ya que una es por el videoescándalo que protagonizó junto a León Romero, mientras que la siguiente es por los actos que denunció con algunas personas, por lo que la investigación no tendría que ser detenida.
Fue ante todo el contexto que los integrantes del Tribunal Colegiado determinaron como fundados, debido a que las “manifestaciones que generan un indicio suficiente que permite presumir, como lo aduce el amparista, que la investigación, por lo que hace a la persona que él denunció no ha terminado”.
Finalmente, el órgano no sólo revocó el fallo del juez, sino que también ordenó que, de no advertir alguna hipótesis de improcedencia diversa, admita y dé trámite a la demanda de amparo.
¿Cuál fue la polémica que involucró al hermano de AMLO?
López Obrador estuvo en la mira de la Fiscalía General de la República (FGR) por un supuesto delito electoral que habría ocurrido en los comicios de 2015, hechos que dio a conocer que medio LatinUs mediante un video en donde se le vio recibir dinero en efecto, el cual no habría sido declarado ante el Instituto Nacional Electoral (INE).
Con base en las primeras investigaciones de la denuncia, aquel recurso económico supuestamente fue utilizado durante las primeras campañas en las que participó el partido político; sin embargo, el agente Héctor Sánchez Zaldívar determinó que el hermano del presidente no cometió ilícito alguno.
Asimismo, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) también indagaron la grabación y llegaron a la misma conclusión que ni Pío López, así como David León no incurrieron en operaciones con recursos de procedencia ilícita.
No obstante, quien solicitó información al respecto fue el INE, pero la ministra Yasmín Esquivel otorgó una suspensión a la FGR para que no proporcionara la información solicita, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) habría mostrado una notoria insistencia en que se continuaran la investigación.