junio 20, 2024

La SCJN (SCJN) desechará por 7 votos en contra y apenas 4 a favor el plan del ministro Luis María Aguilar Morales que buscaba “inaplicar” el artículo 19 de la Constitución y con ello invalidar la prisión preventiva oficiosa.

Aunque los ministros no votaron, sí emitieron la argumentación del sentido de su voto. El plan, que va a ser votado el jueves próximo, no alcanzaría la mayor parte calificada que requería de 8 votos de los ministros de la Corte. A favor del plan del ministro Aguilar estarían sus pares Regla Lucía Piña Hernández, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea. En contra, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Alberto Pérez Dayán, Ana Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá.

La víspera, los ministros Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Pérez Dayán y González Alcántara ya habían expresado su postura en contra, por lo cual unicamente se requería de un voto en contra, para desechar el escrito, al no conseguir la mayor parte calificada de por lo menos 8 votos a favor.

Después de bastante más de 2 horas, el Pleno discutió el tamaño cautelar que instituye que todo individuo que sea asociada a proceso por alguno de los 16 delitos previstos en el artículo 19 de la Constitución tendrá que de ser privada de su independencia de manera automática, para eludir que evada la justicia y asegurar su comparecencia frente a un juez.

La prisión preventiva oficiosa está prevista en el referido artículo 19 de la Constitución, así como en el artículo 167 CNPP, las fracciones I. II y III, del artículo 5º de la Ley de Estabilidad Nacional, así como del artículo 2º de la Ley Federal contra la Delincuencia Estructurada.

Las posturas de los ministros

Al reanudarse la sesión pública, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat comentó que la figura de prisión preventiva oficiosa debería ser cautelar, no punitiva y advirtió que la Corte no posee facultades para “inaplicar” la Carta Magna.

«Mi voto es en oposición a la inaplicación de la Constitución y de la invalidez de las reglas secundarias, sin embargo a favor de interpretar diferente el núcleo central del parámetro de constitucionalidad del artículo 19 para que nos posibilite reconducir la figura de la prisión preventiva en México», expuso.

De su lado, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo opinó que en las ocupaciones de inconstitucionalidad presentadas por al Comisión Nacional de los Derechos Humanos y senadores de la República, no se impugnó la prisión preventiva oficiosa prevista en el artículo 19 constitucional.

“A mi juicio, la obra que se hace en el proyecto… no atiende a lo estrictamente reclamado en la acción de inconstitucionalidad”, manifestó.

En el mismo sentido, el ministro Javier Laynez Potisek advirtió que no se puede inaplicar la Constitución.

“No puedo compartir el plan por la omisión misma que está haciendo, no surge un análisis donde se plantea que la Corte sí puede hacer lo cual se nos recomienda lo cual hagamos… No es correcto ni suficiente para mencionar: ¡Voy con el proyecto!”, argumentó.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena destacó que la prisión preventiva oficiosa “es irreconciliable con los derechos humanos que la Constitución ordena a reconocer”. El juzgador coincidió con la conclusión del plan.

Tras felicitar a Aguilar Morales por su plan, la ministra Regla Lucía Piña Hernández refirió que invalidar la prisión preventiva oficiosa no involucra que los individuos que permanecen en prisión vayan a ser liberadas o que no se vaya a castigar a los delincuentes con la firmeza que instituye la ley.

“La prisión preventiva como medida cautelar no se quita, solo su imposición automática ya que esta no asegura en absoluto la presunción de inocencia… Se convierte en una pena anticipada y rompe su carácter excepcional”, externó.

Ante los argumentos de que “la Corte no está facultada para ser lo cual el plan nos recomienda, que está de por medio la supremacía constitucional y, que estaríamos realizando labores que no nos corresponde”, el mandatario de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar aclaró que el constitucionalismo está rebasado con la reforma de derechos humanos del 2011.

“Aquí (en la SCJN) no nos estamos arrogando la Constitución, estamos interpretando la Constitución… Ni alternando la separación de poderes… Tampoco hablamos de arrancar páginas de la Constitución”, anotó Lelo de Larrea.

Se trata, acotó, de interpretar para lograr juzgar los preceptos constitucionales.

“A mí, me parece que la salida que hace el Ministro Luis María Aguilar, es la correcta”.

Piden votar el jueves a las 11:00

El ministro Luis María Aguilar Morales consideró que tomará presente los planteamientos hechos respecto a su plan en el cual no se ofrece invalidar, sino inaplicar la prisión preventiva. Pidió que la elección se tome el jueves para lograr examinar y pensar incluso, “para poder aceptar, contradecir varias de las reflexiones que se realizaron aquí (en el Pleno), con el quiero de saber si debo, ante ustedes retirar el plan para reelaborarlo… o bien, votarlo y hacer un plan de engrose”.